Superintendencia de Bancos prohíbe sumar intereses a préstamos sin el consentimiento de los clientes.
Sep 15, 2020La Superintendencia de Bancos informó a las entidades bancarias que los intereses generados por la facilidad otorgadas a los usuarios de préstamos no deben ser capitalizados (sumados al préstamo) sin el consentimiento de los clientes.
La medida está contenida en la circular 023/20, la cual indica que los usuarios deben autorizar los cambios en las condiciones de pago, según lo dispone el Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros, para lo cual las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) deberán utilizar los medios que permitan verificar el consentimiento expreso del cliente.
Entre estas vías, dice, figuran los documentos digitales, bajo el amparo de la Ley 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
Cuotas aplazadas
La circular de la Superintendencia de Bancos dice que las EIF tampoco podrán aplicar cargos adicionales por penalidades a quienes no consintieron la flexibilidad otorgada y decidan ponerse al día en sus pagos.
Además, deberán explicarles a los usuarios que manifiesten su voluntad de no acogerse a la flexibilización cuáles son las consecuencias de esa elección sobre su perfil crediticio, en caso de que tengan cuotas atrasadas y no puedan saldarlas de inmediato. Pide a las EIF realizar una campaña masiva e instruir a su personal para explicar a sus clientes los alcances e implicaciones de las medidas
Precisión
Los pagos que hayan realizado los clientes durante el período de gracia se deberán aplicar sobre el saldo insoluto o monto adeudado a la fecha en que se realizó ese pago, y no recibir tratamiento de cuota pagada por adelantado, indica la Superintendencia de Bancos en la circular SIB No. 023/20.
¿Qué significa esto y por qué es importante para nosotros?
Esto es importante para nosotros porque hay métodos de cobros de estos intereses que salen más caros que otros.
Citando el video de la misma super de bancos "¿Cómo que intereses si hablamos de una gracia? La gracia te eximia de pagar los intereses en el momento acordado originalmente sin cargos por mora ni daños en tu perfil crediticio, es decir consistía en que la entidad te permitía aplazar los pagos sin aplicarte una penalidad pero eso no significaba una exoneración de las cuotas ni del pago de intereses."
En buen español, los intereses no desaparecen mágicamente, pero tu debes autorizar el método que tu banco, asociación o corporación de crédito utiliza para cobrártelos.
Actualmente veo un desfase entre las medidas requeridas por las autoridades, en este caso la superintendencia de bancos, y la rápida aplicación que esperaría implementen las entidades de intermediación financiera (ya que los intereses siguen corriendo). En mi caso me he enterado de esto por la superintendencia de bancos, no por ninguno de los bancos múltiples donde tengo préstamos. La circular SIB: 23/20 fue emitida el 27 de Agosto del 2020. Esperemos su rápida aplicación.